La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) recibirá hasta el viernes 22 de mayo las solicitudes de excusa de los ciudadanos y ciudadanas que fueron seleccionados como miembros de mesa para las Elecciones Generales 2026 y que no podrán ejercer dicho cargo durante la Segunda Elección Presidencial (SEP), prevista para el domingo 7 de junio.
La disposición fue establecida mediante la Resolución Jefatural N.° 000083-2026, publicada en el diario oficial El Peruano, la cual también amplía para la segunda vuelta presidencial la vigencia de las excusas y justificaciones que fueron otorgadas durante las recientes elecciones generales.
Según la ONPE, quienes tengan motivos para requerir una justificación por inasistencia a la instalación de una mesa de sufragio el día de la votación podrán tramitarla hasta antes de los cinco días naturales previos al proceso electoral.
El organismo electoral precisó que las solicitudes de excusa o justificación se admiten solo en casos excepcionales, con el objetivo de no poner en riesgo la instalación de las mesas de sufragio durante la jornada electoral. Aunque la Ley Orgánica de Elecciones, Ley N.° 26859, establece que el cargo de miembro de mesa es una responsabilidad irrenunciable, también contempla causales excepcionales que permiten solicitar una excusa.
Entre ellas figuran haber cumplido 65 años, ser mujer gestante o encontrarse en periodo de lactancia de niños de hasta dos años, tener la necesidad de ausentarse del territorio nacional o encontrarse fuera del país, así como presentar un notorio o grave impedimento físico o mental.
También se considera causal estar comprendido en alguno de los impedimentos establecidos por ley, como ser cónyuge o pariente de otro miembro de la misma mesa dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad. En este caso, puede solicitar la excusa el miembro de menor jerarquía.
Asimismo, pueden acogerse a este trámite los miembros en actividad de las Fuerzas Armadas o de la Policía Nacional del Perú que realizan actividades vinculadas al desarrollo del proceso electoral, los integrantes del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, funcionarios o empleados de los organismos electorales, miembros del Ministerio Público que cumplen funciones relacionadas con delitos electorales durante la jornada, funcionarios de la Defensoría del Pueblo que realizan supervisión electoral, así como autoridades políticas o representantes provenientes de elección popular.
La solicitud puede presentarse de manera presencial ante la respectiva ODPE, a través del enlace habilitado por la ONPE para excusas o justificaciones, o mediante la mesa de partes virtual externa de la entidad. En todos los casos se debe adjuntar un documento de sustento que acredite la causal invocada.
El trámite tiene un costo de S/ 15.80 (quince soles con ochenta céntimos), cuyo pago puede realizarse en el Banco de la Nación o mediante Págalo.pe, con el código 03836.
En caso la solicitud no sea aprobada, el miembro de mesa que no cumpla con ejercer el cargo será sancionado con una multa de S/ 275 (doscientos setenta y cinco soles).

