Se aprobó la Ley N.º 32506, que modifica el Decreto Legislativo 1280 —Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento— para establecer la compensación a los usuarios en casos de interrupción del servicio de agua potable y saneamiento.
El presidente de la junta vecinal Villa del Mar, Daniel Fernández Pazos, destacó la importancia de esta norma, señalando que era una demanda planteada por los vecinos del sector.
Recordó que se remitió documentación solicitando que se revierta el cobro por el “no mantenimiento de aguas residuales”, debido a que durante casi tres meses la EPS Ilo vertió aguas sin tratar al mar.
Fernández cuestionó que la EPS Ilo “por años no viene cumpliendo con el tratamiento de las aguas servidas que llegan a la planta ubicada frente a Ciudad Jardín”. Explicó que solo se realiza la captación y que las aguas que quedan contaminadas en la parte superior “son arrojadas al mar”, afectando el entorno y a la población.
LEY OBLIGA A EXONERAR PAGOS A AFECTADOS
Según declaró, la nueva ley obliga a las Entidades Prestadoras de Servicios administradas por OTASS —como es el caso de EPS Ilo— a exonerar el pago a todos los usuarios afectados cuando no se realiza el mantenimiento de las plantas de tratamiento ni el adecuado tratamiento de las aguas servidas.

