El Poder Judicial condenó al expresidente Pedro Castillo a 11 años, 5 meses y 15 días de prisión efectiva por el delito de conspiración para la rebelión, tras el fallido intento de golpe de Estado del 7 de diciembre de 2022.
Según el adelanto de sentencia, a pocos días de cumplirse tres años del quiebre constitucional frustrado, la pena que cumple el exmandatario culminará el 21 de mayo de 2034, luego de descontarse el tiempo de detención ya cumplido.
Asimismo, se impuso al exgobernante dos años de inhabilitación para ejercer función pública.
La Sala Penal Especial de la Corte Suprema también emitió condena contra la expresidenta del Consejo de Ministros, Betssy Chávez; el exjefe del gabinete de asesores y expremier, Aníbal Torres; y el exministro del Interior, Willy Huerta.
Chávez Chino, actualmente asilada en la embajada de México, recibió 11 años, 5 meses y 15 días de prisión efectiva, y se ordenó su ubicación y captura a nivel nacional e internacional. También se le impuso dos años de inhabilitación.
El expremier Aníbal Torres fue sentenciado a 6 años y 8 meses de cárcel efectiva y un año de inhabilitación; mientras que Willy Huerta recibió la misma pena impuesta a Chávez: 11 años, 5 meses y 15 días de prisión, además de dos años de inhabilitación.
Tras la lectura del adelanto de fallo, la Sala Penal anunció que la sentencia completa será leída el próximo jueves 4 de diciembre.
REPARACIÓN CIVIL
El Poder Judicial fijó una reparación civil de 12 millones de soles en este proceso penal.
Este monto deberá ser asumido de manera solidaria por Castillo Terrones, Chávez Chino, Torres Vásquez y Huerta Oliva.
La condena fue aprobada por mayoría, con los votos del presidente de la Sala, José Neyra Flores, y de la jueza Norma Carbajal, mientras que el magistrado Iván Guerrero López emitió voto singular.
La audiencia se desarrolló esta tarde en el penal de Barbadillo, donde Castillo permanece recluido desde su detención tras intentar quebrar el orden constitucional en diciembre del 2022.

CONSPIRACIÓN PARA LA REBELIÓN
El colegiado determinó que, con su mensaje a la Nación, Pedro Castillo “se arrogó el ejercicio del poder” para disolver el Congreso e intervenir el sistema de justicia, entre otras medidas anunciadas.
Asimismo, concluyó que “se cumplieron, en suma, al respecto de los sentenciados Castillo Terrones, Chávez Chino, Huerta Olivas y Torres Vásquez las exigencias típicas del delito de conspiración para una rebelión”.
“La figura de conspiración para la rebelión constituye una modalidad de menor intensidad frente al delito de rebelión, dado que la conducta no alcanza a materializar el resultado típico”, remarcó el tribunal.
Durante la lectura del adelanto de fallo, la Sala Penal señaló que quedó acreditado que, tras el mensaje televisado, Castillo, Torres y Chávez se felicitaron y abrazaron, expresando su aprobación al acto del exmandatario.
Asimismo, respecto a Betssy Chávez, se determinó como “hecho probado” que facilitó el ingreso de periodistas de TV Perú para la transmisión del mensaje a la Nación. También se estableció que fue ella quien convocó a los ministros mediante el chat “Gabinete Bicentenario”.
En relación con Aníbal Torres, la sentencia precisa que redactó en una computadora de la PCM el mensaje difundido por Castillo el 7 de diciembre.
Por otro lado, fueron absueltos el general PNP Manuel Lozada Morales, al no acreditarse su participación en el delito de rebelión; Justo Venero, por insuficiencia probatoria; y Eder Infanzón, por no haber quedado demostrado que cometiera dicho delito. Este último continúa como reo contumaz.


