POR: JULIO FARFÁN VALVERDE (UDI – UNIDAD DE INVESTIGACIÓN)
La Municipalidad Provincial de Ilo (MPI) se encuentra nuevamente en el ojo de la ilegalidad.
La Unidad de Investigación – UDI – de Prensa Regional accedió a dos oficios emitidos por SERVIR [Autoridad Nacional del Servicio Civil] y dirigidos a la Subgerencia de Recursos Humanos, Gerencia Municipal y al Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Ilo: el Oficio N.º 000088-2025-SERVIR-GDSRH, emitido con fecha 8 de enero de 2025, que contiene los resultados de una supervisión programada del Expediente N.º 0755-2024, y el Oficio N.º 005254-2025-SERVIR-GDSRH, emitido con fecha 27 de junio de 2025, que contiene el seguimiento a la implementación de medidas correctivas y/o recomendaciones formuladas como resultado de las supervisiones asignadas al mismo expediente.
De acuerdo con el contenido de los oficios emitidos por SERVIR, la actual gerente municipal, Lía Salazar Suclle, fue designada en el cargo sin cumplir con los requisitos mínimos de experiencia profesional exigidos por la Ley N.º 31419 y su reglamento.
El organismo técnico del Servicio Civil fue categórico: al 2 de enero de 2024, la funcionaria no cumplía con el requisito de dos años de experiencia con reporte directo a Alta Dirección, contando apenas con un año, cinco meses y siete días.
En otras palabras, su designación fue ilegal desde el inicio. Sin embargo, la Municipalidad optó por ocultar el informe de SERVIR y no aplicar las medidas correctivas ordenadas, lo que agrava la responsabilidad del alcalde Humberto Tapia Garay, designador del cargo.

UN CASO DE ENCUBRIMIENTO ADMINISTRATIVO
Fuentes internas de la propia entidad confirmaron que la Oficina de Control Institucional (OCI) y la Procuraduría Pública Municipal tenían pleno conocimiento de las recomendaciones de SERVIR para adoptar acciones legales y administrativas.
SERVIR dispuso que la OCI inicie procedimiento administrativo —en este caso, el disciplinario— contra los responsables y, de ser el caso, se remitan los actuados al Ministerio Público por presunta comisión del delito de nombramiento, designación o aceptación ilegal de cargo, tipificado en el artículo 381 del Código Penal.
No obstante, ni la OCI ni la Procuraduría Municipal cumplieron con dichas recomendaciones.
Durante meses, los informes de SERVIR fueron retenidos y “ocultos”, evitando su difusión y notificación a las instancias competentes. Esta instrucción habría provenido directamente del despacho de alcaldía y gerencia municipal, con el propósito de “ganar tiempo” y evitar consecuencias penales.
EL MODUS OPERANDI: OCULTAR, DILATAR Y DESINFORMAR
El 10 de octubre de 2025, SERVIR habría enviado el Oficio N.º 008959-2025-SERVIR-GDSRH, exigiendo información precisa sobre la situación laboral y la supuesta “reserva de plaza” de la funcionaria.
La respuesta de la Subgerencia de Recursos Humanos fue solicitar una ampliación de plazo, pese a que la documentación requerida estaba en su poder. Esta maniobra habría tenido un único propósito: dilatar el procedimiento y neutralizar la posibilidad de denuncia penal.
El hecho no es menor. SERVIR advirtió que Lía Salazar Suclle ya había perdido su estabilidad laboral al 30 de diciembre de 2023, al no pertenecer a la carrera administrativa ni contar con plaza asignada.
Aun así, el alcalde Humberto Tapia Garay volvió a designarla en enero de 2024, invocando una reserva de plaza inexistente, lo que refuerza la ilegalidad y el dolo funcional en el acto administrativo.
RESPONSABILIDADES COMPARTIDAS Y DELITO DE ENCUENTRO
Estos hechos estarían tipificados como un delito de encuentro (participación de dos imputados), en el que participan conjuntamente el funcionario que designa y quien acepta el cargo sin reunir los requisitos legales.
En este caso, el alcalde Tapia Garay y la gerente Lía Salazar Suclle serían coautores directos del delito previsto en el artículo 381 del Código Penal, sancionado con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años.
A su vez, el subgerente de Recursos Humanos incurrió en responsabilidad funcional al no verificar los requisitos ni los impedimentos de la funcionaria, incumpliendo el artículo 2.1 del D.S. N.º 053-2022-PCM.
Pese a ello, ninguno de ellos ha sido sancionado, y la OCI, la Gerencia Municipal y el propio alcalde continúan en silencio.
SERVIR EXIGE ACCIONES ANTE OMISIÓN DE FUNCIONES
Los documentos oficiales revelan que SERVIR ordenó a la Municipalidad de Ilo remitir el caso a la Secretaría Técnica del Procedimiento Administrativo Disciplinario (STPAD) y, en su caso, al Ministerio Público.
Hasta la fecha, no existe evidencia de cumplimiento.
Peor aún, los funcionarios involucrados mantienen sus cargos y vínculos laborales, pese a haber perdido toda base legal para continuar en funciones.
Esta inacción vulnera los principios de legalidad, mérito y transparencia del servicio público.
El ocultamiento deliberado de información a un organismo técnico del Estado podría incluso configurar delito de omisión de funciones o encubrimiento personal, si se demuestra que el propósito fue impedir la acción de la justicia penal.
UNA MUNICIPALIDAD BAJO SOMBRA DE IRREGULARIDAD
El caso de la gerente municipal Lía Salazar Suclle no solo representa una violación directa a la Ley del Servicio Civil, sino que exhibe un patrón de encubrimiento sistemático dentro de la gestión municipal de Humberto Tapia Garay.
La práctica de nombrar funcionarios sin perfil, manipular expedientes y dilatar informes constituye un atentado contra el principio de transparencia pública y la confianza ciudadana.
Mientras SERVIR cumple su labor fiscalizadora, en Ilo las advertencias se esconden, los plazos se vencen y las responsabilidades se diluyen.
CONCLUSIÓN
Pese a las advertencias formales de SERVIR y las pruebas documentadas sobre la designación irregular, en la Municipalidad Provincial de Ilo nadie asume responsabilidades. Las instancias de control, lejos de actuar, han optado por el silencio, permitiendo que la ilegalidad se normalice dentro de la gestión municipal. Así podemos concluir que:
- La designación fue ilegal.
- Los responsables están plenamente identificados.
- Las recomendaciones de SERVIR fueron ignoradas y ocultadas.
- La OCI y el procurador municipal incumplieron sus funciones de control y defensa jurídica.
- En un Estado de Derecho, estos hechos deben ser investigados penalmente.
En Ilo, las irregularidades detectadas por SERVIR siguen sin corregirse y los responsables continúan en sus cargos. La falta de acción del alcalde, la Gerencia Municipal y la OCI demuestra que la ley se aplica solo cuando conviene.



