lunes, 6 de octubre de 2025
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Alcalde de El Algarrobal y su hombre de confianza habrían exigido dinero por obras

La Fiscalía formalizó investigación por el presunto delito de concusión contra Florentino Nina Fernández y Rafael Eduardo Mautino Araníbar, acusados de condicionar pagos a contratistas a cambio de sobornos disfrazados de “bolsas” de dinero.

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POR: JULIO FARFÁN VALVERDE (UDI – UNIDAD DE INVESTIGACIÓN)

La Disposición Fiscal N.º 12, emitida el 1 de octubre de 2025, formaliza investigación preparatoria contra el alcalde de El Algarrobal Florentino Nina Fernández y el jefe de Logística Rafael Eduardo Mautino Araníbar, por presuntos cobros ilícitos a contratistas en obras públicas. La denuncia fue presentada por la Procuraduría Pública, dando origen al proceso penal por el delito de concusión.

FORMALIZACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN

La Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Moquegua, representada por el fiscal Emilio Ernesto Salas Apaza, dispuso mediante la Disposición Fiscal N.º 12 (01 de octubre de 2025) la formalización y continuación de la investigación preparatoria contra el alcalde del distrito de El Algarrobal, Florentino Nina Fernández, y el jefe del área de Logística, Rafael Eduardo Mautino Araníbar, por la presunta comisión del delito de concusión, tipificado en el artículo 382 del Código Penal, en agravio de la Municipalidad Distrital de El Algarrobal.

La investigación tiene su origen en la denuncia presentada ante el Ministerio Público por el procurador público Walther Enrique Vilca Vilca, quien, el 21 de junio de 2023, acudió al despacho fiscal para poner en conocimiento presuntos actos irregulares cometidos por funcionarios municipales.

LA IMPUTACIÓN FISCAL: COBROS INDEBIDOS Y MENSAJES COMPROMETEDORES

Según la imputación concreta descrita en la Disposición Fiscal N.º 12, el jefe del área de Logística, Rafael Eduardo Mautino Araníbar, habría solicitado sumas de dinero a nombre del alcalde, condicionando los trámites de valorizaciones y pagos a la entrega de efectivo por parte del contratista.

El documento consigna la existencia de mensajes de WhatsApp que evidenciarían el requerimiento de dinero: “El jefe se va de viaje… necesito armar una bolsa” (13 de marzo de 2023, 9:32 a.m.) y “Son 4 dientes de 50” (30 de marzo de 2023, 7:58 p.m.), a lo que el contratista respondió: “5k”, seguido de “1k te dio Paul, 4k ahora yo tengo que facturar”.

Estas conversaciones —según la imputación fiscal— fueron obtenidas de los teléfonos celulares incautados durante las diligencias y transcritas en las actas de visualización consignadas en la carpeta fiscal.

La investigación sostiene que el contratista habría entregado a Mautino Araníbar la suma de S/ 5,000.00 (cinco mil soles), monto que correspondería a un pago indebido efectuado en marzo de 2023, vinculado al trámite de valorizaciones pendientes.

En el caso del alcalde Florentino Nina Fernández, la fiscalía le atribuye responsabilidad directa en calidad de instigador. Según la disposición, existen indicios de que habría inducido a su subordinado para realizar la exigencia de dinero, además de haber desplegado acciones de presión funcional y hostigamiento hacia el contratista mediante la paralización arbitraria de la obra y el cambio del lugar de ejecución del proyecto, generando perjuicio al avance contractual.

Asimismo, la disposición describe reuniones y coordinaciones en las que, según los testimonios recabados, el alcalde habría autorizado o tolerado la actuación irregular de su jefe de Logística, en perjuicio de la administración pública.

LA OBRA Y LOS CONTRATISTAS INVOLUCRADOS

El caso se origina en la ejecución de los contratos N.º 22-2022-MDEA y N.º 25-2022-MDEA, correspondientes a las obras “Mantenimiento del Salón Multiusos en el PROMUVI I” y “Mantenimiento de la I.E. Santa Rosa N.º 43130”, ejecutadas por el Consorcio Nuestra Señora del Perpetuo Socorro, representado por Betzy Yuliza Príncipe Ramírez, en asociación con Corporación FRAMI SAC, cuyo gerente es Luis Miguel Castillo Acevedo.

De acuerdo con el Informe Técnico N.º 77-2023-JBFC-CTO-SGEO/MDEA, la Municipalidad de El Algarrobal había pagado cinco valorizaciones, encontrándose la sexta pendiente de trámite al momento de la denuncia.

El contratista Ricardo Gerónimo Inocente Medrado, quien mantuvo comunicación con el jefe de Logística, declaró ante la fiscalía que los pagos se encontraban trabados hasta que se efectuara la entrega del dinero solicitado.

El documento precisa que la información contractual se halla en las fojas 596 a 601 del expediente, junto con las copias certificadas del contrato, valorizaciones y oficios de la gerencia municipal que acreditan los desembolsos.

MONTOS Y DECLARACIONES BAJO INVESTIGACIÓN

La Disposición Fiscal recoge dos versiones distintas respecto a los montos solicitados.

Por un lado, los mensajes y actas de visualización hacen referencia a una entrega de S/ 5,000.00 (cinco mil soles). Por otro lado, en la declaración del procurador Walther Enrique Vilca Vilca se consigna que el contratista le manifestó haber sido requerido por S/ 50,000.00 (cincuenta mil soles) por parte de personal del área de Logística.

Ambas cifras han sido incorporadas por la fiscalía como elementos de convicción independientes, en tanto se trata de información proveniente de fuentes y momentos distintos del proceso.

PRUEBAS Y ELEMENTOS DE CONVICCIÓN

La disposición fiscal detalla un extenso conjunto de pruebas que motivaron la formalización del caso. Entre ellas destacan:

  • Acta de recepción de denuncia del 21 de junio de 2023, presentada por el procurador Walther Enrique Vilca Vilca (fojas 3-5).
  • Mensajes de WhatsApp entre el contratista y Rafael Mautino (fojas 119-129).
  • Declaraciones de Ricardo Gerónimo Inocente Medrado (fojas 94-95 y 735-736).
  • Declaración del procurador Vilca Vilca, donde se menciona la solicitud de S/ 50,000.00 (cincuenta mil soles) (fojas 198-200).
  • Oficios municipales que detallan pagos y contratos (fojas 596-601, 627-667).
  • Actas de visualización y descarga de celulares y correos electrónicos (fojas 201-224 y 669-699).
  • Declaración de René Arnoldo Vargas Mamani, inspector de la obra, quien confirmó las paralizaciones (fojas 730-732).

Estos documentos, junto con informes técnicos y constancias administrativas, fueron considerados suficientes para que la fiscalía dé inicio a la fase preparatoria de investigación penal.

MEDIDAS FISCALES Y PRÓXIMAS DILIGENCIAS

En su parte resolutiva, la Fiscalía Especializada en Corrupción de Funcionarios declaró el caso de naturaleza compleja, fijando un plazo de investigación de ocho meses, conforme al artículo 342 inciso 3 del Código Procesal Penal. Entre las diligencias ordenadas figuran:

Requerimiento de antecedentes judiciales y penales de los investigados. Oficios a ESSALUD y SUNEDU para verificar datos laborales y académicos.

Levantamiento del secreto bancario y de las comunicaciones de los implicados. Pericia de ingeniería y pericia contable sobre las valorizaciones de la obra. Toma de declaraciones testimoniales y ampliación de indagatorias.

Programación de la declaración de Betzy Yuliza Príncipe Ramírez, representante del consorcio ejecutor, para el 31 de octubre de 2025 a las 11:00 a.m., vía Google Meet.

Citación de los investigados Rafael Eduardo Mautino Araníbar y Florentino Nina Fernández para el 7 de noviembre de 2025, a las 08:30 y 09:30 horas, respectivamente.

EL DELITO DE CONCUSIÓN

La disposición señala el artículo 382 del Código Penal, que sanciona a todo funcionario o servidor público que, abusando de su cargo, obligue o induzca a una persona a dar o prometer indebidamente un bien o beneficio patrimonial para sí o para otro, con pena privativa de la libertad no menor de dos ni mayor de ocho años, además de inhabilitación y multa.

En el caso de El Algarrobal, la fiscalía considera que las exigencias económicas realizadas desde el área de Logística, bajo el conocimiento o dirección del alcalde, configurarían una modalidad típica de concusión, al haberse condicionado la gestión administrativa de pagos a la entrega de dinero.

La Disposición Fiscal N.º 12 coloca en el centro del banquillo al alcalde de El Algarrobal, Florentino Nina Fernández, y a su hombre de confianza en Logística, Rafael Eduardo Mautino Araníbar. Ambos enfrentan ahora un proceso penal que desnuda presuntos cobros ilícitos en la gestión de obras públicas, un golpe directo a la credibilidad de la autoridad edil y a la confianza ciudadana en la administración municipal.

Lo que empezó como una denuncia de la Procuraduría Municipal y fue sostenido por el Procurador Anticorrupción de Moquegua, se convierte hoy en un caso emblemático dentro de la región, donde las investigaciones por corrupción se multiplican: contratos direccionados, valorizaciones infladas y pagos exigidos bajo presión.

El Ministerio Público ha fijado ocho meses de investigación preparatoria. Ocho meses que serán decisivos para confirmar si los indicios contra Nina Fernández y su funcionario logístico se traducen en responsabilidades penales que podrían marcar el fin de una gestión municipal cuestionada desde sus primeros meses.

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El expediente fiscal desnuda la corrupción en El Algarrobal: el alcalde Florentino Nina Fernández y su jefe de Logística, Rafael Eduardo Mautino Araníbar, acusados de convertir las obras públicas en un botín de cobros indebidos.

FLORENTINO NINA Y COMPAÑÍA: LA HORA DE RENDIR CUENTAS

  • Carpeta Fiscal: N.º 2023-239

Disposición Fiscal: N.º 12, emitida el 1 de octubre de 2025

Fiscal a cargo: Emilio Ernesto Salas Apaza – Fiscalía Anticorrupción de Moquegua

  • Imputados:

Florentino Nina Fernández – alcalde de El Algarrobal

Rafael Eduardo Mautino Araníbar – jefe de Logística

  • Delito investigado: Concusión (art. 382 del Código Penal)

Agravio: Municipalidad Distrital de El Algarrobal – Procuraduría Pública Anticorrupción

  • Hechos materia de investigación:

Exigencia de pagos indebidos a contratista para destrabar valorizaciones de obras.

Mensajes de WhatsApp que evidencian requerimientos de dinero (“armar una bolsa”, “4 dientes de 50”).

  • Montos cuestionados:

Entrega confirmada de S/ 5,000.00 (cinco mil soles).

Testimonio sobre requerimiento de S/ 50,000.00 (cincuenta mil soles).

  • Obras involucradas:

Contrato N.º 22-2022-MDEA – Mantenimiento del Salón Multiusos PROMUVI I.

Contrato N.º 25-2022-MDEA – Mantenimiento de la I.E. Santa Rosa N.º 43130.

Ejecutadas por el Consorcio Nuestra Señora del Perpetuo Socorro (Betzy Yuliza Príncipe Ramírez y Corporación FRAMI SAC).

  • Pruebas clave:

Acta de denuncia (21 de junio de 2023).

Mensajes de WhatsApp entre contratista y jefe de Logística.

Declaraciones de Ricardo Gerónimo Inocente Medrado y del procurador Walther Enrique Vilca Vilca.

Oficios municipales y contratos (fojas 596-601 y 627-667).

Actas de visualización de celulares y correos electrónicos.

  • Medidas fiscales:

Caso declarado complejo (plazo de investigación: 8 meses).

Pericias de ingeniería y contabilidad.

Levantamiento de secreto bancario y de comunicaciones.

Declaración de Betzy Yuliza Príncipe Ramírez (31 de octubre de 2025, vía Google Meet).

Citación de los investigados (7 de noviembre de 2025).

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