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miércoles, septiembre 17, 2025

Senace suspende revocación del permiso ambiental del proyecto Huatipuka

Resolución señala que no se puede continuar con el proceso de revocatoria mientras exista un juicio de amparo pendiente, interpuesto por la empresa Tower and Tower S.A.

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A través de la Resolución Nº 00072-2025-SENACE/PE, emitida el 15 de septiembre, el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (Senace) decidió mantener en suspensión el procedimiento de revocación del Estudio de Impacto Ambiental detallado (EIA-d) aprobado al proyecto de almacenamiento de residuos peligrosos Huatipuka, impulsado por la empresa Tower and Tower S.A.

La decisión responde a la existencia de un proceso judicial de amparo en curso, mediante el cual la empresa cuestiona la validez de la resolución municipal que revocó el certificado de compatibilidad de uso de suelo —documento clave que sustentaba su proyecto.

CERTIFICACIÓN NO HABILITA CONSTRUCCIÓN

En la misma resolución, Senace aclara que la certificación ambiental otorgada en 2022 (Resolución Directoral N.º 00213-2022-SENACE-PE/DEIN) no constituye una autorización para construir ni operar el proyecto. Tampoco genera derechos sobre los terrenos donde se planea desarrollar la infraestructura. “La certificación no crea, reconoce, modifica o extingue derechos sobre los terrenos superficiales del proyecto”, señala el artículo 1 de la resolución.

PROYECTO DEPENDE DEL PODER JUDICIAL

La decisión de mantener suspendido el proceso de revocación del permiso ambiental se debe a que su evaluación está directamente vinculada al juicio de amparo iniciado por Tower and Tower S.A. en el Cuarto Juzgado Civil de Moquegua (Exp. 04098-2025). En este proceso, la empresa busca anular la Resolución de Gerencia Municipal N.° 414-2024-GM-A/MPMN, con la que la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto revocó el certificado de compatibilidad de uso de suelo.

Según la Oficina de Asesoría Jurídica del Senace, pronunciarse sobre la revocación administrativa mientras el caso está en manos del Poder Judicial incurriría en avocamiento indebido, lo que vulneraría el principio de independencia de poderes, según lo establecido en la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica del Poder Judicial.

MUNICIPALIDAD AGOTÓ VÍA ADMINISTRATIVA

Con esta resolución, Senace declara agotada la vía administrativa respecto al Oficio Nº 00092-2025, en el cual ya se había dispuesto la suspensión del procedimiento de revocación. La Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto, que presentó un recurso de reconsideración, fue notificada oficialmente de esta decisión, así como también la empresa Tower and Tower S.A.

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