El gobierno aprobó la decimosexta lista de beneficiados con la devolución de sus aportes al Fonavi compuesta por 25,111 personas, quienes quedaron expeditas para cobrar luego de verificarse su historial laboral presentado en el Formulario Nº 1.
Para saber si están en esta lista 16 los exfonavistas deben consultar las páginas web de la Secretaría Técnica de la Comisión Ad Hoc creada por Ley Nº 29625: www.fonavi-st.gob.pe y www.fonavi-st.pe a partir del lunes 22 de octubre del 2018, afirmó La Comisión Ad Hoc creada por Ley 29625.
También pueden llamar al teléfono 317-8888 en el horario de lunes a viernes de 8:00 a 18:00 horas, informó la Secretaría Técnica de la Comisión Ad Hoc creada por Ley 29625.
Las personas que aparecen en la lista 16 pueden acercarse a cobrar a partir del jueves 25 de octubre de 2018 a cualquier agencia del Banco de la Nación a nivel nacional con solo portar su DNI.
El monto aprobado por la Comisión Ad Hoc para el pago del Decimosexto Grupo de Fonavistas Beneficiarios es de 2 millones 781,017.52 soles.
Con la publicación de esta nueva lista ya son 956,514 los exfonavistas integrantes del padrón nacional de beneficiarios a quienes se les aprobó la respectiva devolución, y el monto aprobado asciende a la suma de 1,240 millones 755,405.49 soles.
La Secretaría Técnica de la Comisión Ad Hoc creada por Ley 29625 también recuerda que los fonavistas que aparecen en listas anteriores y que no han cobrado su devolución, pueden hacerlo acercándose al Banco de la Nación.
Asimismo, los familiares de los fonavistas fallecidos que aparecen en los grupos de pago aprobados hasta el momento, también pueden cobrar presentando el respectivo formulario en el Banco de la Nación, de acuerdo con el procedimiento establecido en el Decreto Supremo Nº 074-2017-EF que simplifica el proceso de devolución de aportes.
SIGUE EL REGISTRO
Por otro lado, los exaportantes al Fonavi que aún no están registrados pueden hacerlo presentado el Formulario Nº1 en las agencias del Banco de la Nación, en cualquiera de los 14 centros de atención a nivel nacional, o en forma virtual a través de la web.
En el caso de exfonavistas fallecidos que aún no han sido registrados, la presentación del Formulario N° 1 la puede realizar cualquier familiar directo (como solicitante) consignando los datos del fonavista titular, utilizando los canales implementados por la Secretaría Técnica.