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25 noviembre, 2024 12:40 am

El modus operandi de corrupción (peculado) en funcionarios públicos

Expediente de casación número 1609-2019

POR: ABG. SANTOS COHAILA FLORES     

El expediente de casación número 1609-2019, que se acaba de publicar en el portal del Poder Judicial, se refiere a un caso de peculado doloso por apropiación agravada ocurrido en Moquegua.  El acusado, CMRR, quien ocupaba el cargo de jefe de la Oficina de Servicio y Equipo Mecánico (OSEM) del Gobierno Regional de Moquegua, fue responsabilizado de haberse apropiado indebidamente de 806 galones de petróleo diésel que habían sido donados por las empresas mineras Southern Copper Corporation y Anglo American Quellaveco para atender emergencias ocasionadas por lluvias intensas en la región.

¿CÓMO OPERA O CUÁL ES EL MODUS OPERANDI DEL DELITO?

El funcionario público recibió el combustible en su calidad de jefe de la OSEM y era responsable de su administración para distribuirlo a las unidades vehiculares del Gobierno Regional, encargadas de mitigar los daños causados por las lluvias. Sin embargo, se determinó que el cuaderno de registro del combustible donado, el cual él visaba, fue adulterado para inflar las cantidades utilizadas, permitiendo así que se apropiara de 806 galones de petróleo, cuyo valor ascendía a S/ 7,570.60.  Las pericias grafotécnicas confirmaron que hubo adulteraciones en los registros, aunque no se determinó de manera concluyente quién realizó las alteraciones.

¿QUÉ IMPUTACIÓN HIZO EL MINISTERIO PÚBLICO?

El Ministerio Público acusó al funcionario de peculado doloso por apropiación agravada, solicitando una pena de ocho años y ocho meses de privación de libertad, además de una multa y el pago de reparación civil.  Según la acusación, el imputado tenía la obligación de controlar y gestionar correctamente el uso del combustible, lo que no cumplió, desviando una parte de este para su beneficio personal. A pesar de las pruebas presentadas, incluyendo testimonios que lo involucraban en la administración y distribución del combustible, el Tribunal Superior decidió absolverlo, argumentando falta de pruebas concluyentes sobre su participación directa en la adulteración de los registros.

Sin embargo, el Tribunal Supremo resolvió anular la sentencia de primera instancia que había absuelto al funcionario de la acusación por peculado doloso con agravantes en agravio del Gobierno Regional de Moquegua. Además, revocó la sentencia de vista que había confirmado la absolución. El Tribunal consideró que las pruebas fueron mal interpretadas y que el principio de confianza, invocado por el tribunal inferior, no se aplicaba correctamente en este caso.

El Tribunal Supremo ordenó que se realice un nuevo juicio oral por un nuevo grupo de jueces, tanto en primera como en segunda instancia, teniendo en cuenta los criterios establecidos en la sentencia casatoria. Este fallo refleja la importancia de una correcta interpretación de la responsabilidad en delitos de infracción de deber y subraya la necesidad de un análisis adecuado de las pruebas en casos de peculado.

Análisis & Opinión