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25 noviembre, 2024 3:10 pm

Sentenciado que se resistió a cumplir jornadas comunitarias fue internado en penal

Por omisión a la asistencia familiar. Permanecerá 53 días en prisión.

En setiembre del 2019, Rubén Darío Mamani Miranda, tras aceptar los cargos imputados por el Ministerio Público como responsable del delito de omisión a la asistencia familiar, fue sentenciado a cumplir 53 jornadas de prestación de servicio comunitario, además del pago de una reparación civil.

Previamente, dicho pago de pensiones alimenticias a favor de su menor hija fue requerido por parte del juzgado de paz letrado bajo apercibimiento, sin embargo, hizo caso omiso de lo solicitado por la autoridad judicial, por lo que por su negativa fue derivado el caso a la fiscalía como autor del citado delito.

Ya en audiencia, el Ministerio Público señaló que tiene la condición de habitual pues anteriormente se encontró responsable por el mismo delito y consultado si admitía ser autor de omisión a la asistencia familiar, responsable de la pena y de la reparación civil y consultado con su abogado, el sujeto admitió su responsabilidad.

Habiendo aceptado su omisión y fijada la pena, el área competente del Instituto Nacional Penitenciario, INPE, notificó al sentenciado a fin de que se apersone a fin de cumplir las jornadas comunitarias, no obstante, a pesar de las reiteradas comunicaciones no se presentó, resistencia puesta de conocimiento a la autoridad judicial.

Ante la negativa el juez resolvió declarar fundado la revocatoria de la pena impuesta (jornadas comunitarias), convirtiéndola en 53 días de pena privativa de la libertad con carácter de efectiva, disponiendo su ubicación y captura a fin de ser internado en el establecimiento penitenciario.

Finalmente, el pasado 6 de mayo la Policía capturó a Mamani Miranda, siendo puesto a disposición del juzgado, que inmediatamente ordenó el internamiento del sujeto en el penal a fin de que cumpla su pena, que contabilizando desde la fecha de captura vencerá el 27 de junio del presente.

El caso estuvo a cargo del Tercer Despacho de la Fiscalía Penal Corporativa de Mariscal Nieto, presidido por el fiscal provincial, Roberto Giraldo Cadillo, quien destacó la decisión judicial y a la vez consideró que debe llamar a la reflexión a los padres que incumplen con los compromisos alimentarios asumidos para con sus menores hijos.

Análisis & Opinión