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25 noviembre, 2024 10:46 pm

Novena Constitución Política de 1920: Estado guardián VS Estado interventor

Las primeras ocho Constituciones, establecieron “la renovación parc ial del Parlamento”, y en los primeros cien años de República, se aplicó.

Por: Edgard Norberto «Beto» Lajo Paredes   

La “Constitución para la República del Perú” de 1920, fue la primera del siglo XX, aprobada por la Asamblea Nacional de 1919 y promulgada el 18 de enero de 1920 (Colección Constitucional Peruana, tomo I, Primera Edición Diciembre 2005, Ministerio de Justicia, Editorial Perú, pág. 13). Ramos, dice: “Con la Carta de 1920 se inauguró el constitucionalismo social en el Perú” (“La Letra de la Ley. Historia de las constituciones del Perú”, Centro de Estudios Constitucionales, Tribunal Constitucional del Perú, Primera Edición junio de 2018, pág. 81). “Surgido de un golpe de estado, el régimen implementó una reforma constitucional que derogó el texto de 1860” (Apuntes para la historia constitucional peruana. La Constitución de 1920, cien años después, Freddy Centurión González, Universidad Católica Santo Toribio de Mogrovejo, Chiclayo, Perú, pág. 1).

“EL DÍA DEL CARÁCTER”

El 29 de mayo de 1909 “Los pierolistas asaltaron Palacio de Gobierno, secuestraron al presidente Leguía, lo llevaron a la fuerza a la plaza del Congreso y le exigieron su renuncia. ‘No firmo’ fue la valerosa respuesta del mandatario que poco después fue rescatado por un contingente militar que dispersó a los secuestradores. Ese día, Leguía recorrió vencedor la ciudad y, desde entonces, esa fecha se conoció como El día del carácter” (Presidentes y gobernantes del Perú Republicano, Municipalidad de Lima, pág. 304).

TRIUNFÓ, PERO HIZO GOLPE DE ESTADO

“Tras la victoria electoral de Leguía, el Poder Judicial anula sistemáticamente actas electorales que le eran favorables con la finalidad de que la elección la tenga que realizar el Congreso de mayoría pardista”, seguidores del Partido Civil del presidente José Pardo (Presidentes y Gobernantes del Perú Republicano, Municipalidad de Lima, pág. 305); “contando con el respaldo de las fuerzas armadas, Leguía decidió actuar y la madrugada del 4 de julio de 1919, la gendarmería ingresó a Palacio y arrestó al presidente Pardo.

Al mediodía, Leguía juró como Presidente Provisorio… disolvió al Congreso, acabando con la continuidad parlamentaria existente desde 1895, y de paso, desconoció el tercio elegido en mayo de 1919.

Era obvio que Leguía no toleraría más obstrucciones a su gobierno, como la que le hizo el bloque civilista en su primer gobierno (1908-1912). Más que un golpe contra Pardo, a quien de todas formas le quedaban pocos días de gobierno, fue un golpe contra el Congreso” (Apuntes para la historia constitucional peruana…, págs. 3 y 4).

Si Leguía ganó las elecciones presidenciales ¿por qué hizo golpe de estado? Para cerrar el Congreso donde no tenía mayoría, la misma (dos tercios le era adversa), no sirviendo de nada el tercio renovado, al nuevo gobierno, al no darle estabilidad.

CUESTIONANDO A LA “COALICIÓN CIUDADANA”

Hasta 1919 existió la renovación por tercios del Congreso de la República, el cual fracasó, por lo que se debe investigar el por qué no funcionó dicho sistema. Cuestionamos a la mediática “coalición ciudadana”, sin estudios y carentes de honestidad intelectual, proponen como nueva la vieja y fracasada “renovación parcial” del Poder Legislativo.

Las primeras ocho Constituciones, establecieron “la renovación parcial del Parlamento”, y en los primeros cien años de República, se aplicó. Si fue bueno el “sistema de renovación congresal parcial” ¿por qué se suprimió en el Plebiscito de 1919 y a partir de la Constitución de 1920?

ASAMBLEA NACIONAL Y PLEBISCITO CONSTITUCIONAL

Como presidente provisorio, Leguía convocó elecciones a Asamblea Nacional para modificar la constitución de 1860, y a Plebiscito sobre 19 puntos a ser estudiados por la Asamblea Nacional, para los días 24 y 25 de agosto de 1919, respectivamente.

¿DEL ESTADO GUARDIÁN AL ESTADO INTERVENCIONISTA?

Freddy Centurión: “Sin duda había en esta Constitución (1920) una gran confusión respecto a lo que eran las bases teóricas del Estado y la operatividad del mismo, y se recogió en la carta constitucional mucho de lo que debía estar en leyes… Se confundía el liberalismo político con una concepción social del Estado, con lo que cambiaba radicalmente la figura del ‘Estado guardián’ liberal tornándose en un Estado intervencionista” (ob. cit. pág. 9).

Estado guardián, protege el sistema del libre mercado (libre contratación); el Estado interventor, regula la economía (condiciones a la inversión, control de precios), inspirada en la cuestión social del pueblo trabajador. Éste es el nuevo debate ideológico peruano que surge en el siglo XX.

Análisis & Opinión