El recurso de casación interpuesto por la Segunda Fiscalía Superior Penal de Moquegua, fue declarado fundado por la Corte Suprema de Justicia, por lo que se dispuso se inicie un nuevo juicio oral en contra de Christian Rospigliosi Mendoza, exjefe de la Oficina de Servicio y Equipo Mecánico del Gobierno Regional de Moquegua.
El Ministerio Público señaló que formuló acusación por el delito de peculado doloso, siendo absuelto de los cargos imputados, sentencia absolutoria confirmada posteriormente en julio del 2019, por lo que el fiscal superior, Washington David Cruz Cervantes, presentó el recurso de casación ante la máxima instancia del Poder Judicial.
En comunicado de prensa, el Ministerio Público, dio a conocer que los hechos se remontan a febrero del 2015 cuando se declara en emergencia las provincias de Mariscal Nieto y General Sánchez Cerro; ante los desastres ocasionados por las lluvias, dos empresas mineras donan en total 7 mil 500 galones de petróleo, siendo recibidos por Rospigliosi Mendoza en representación del gobierno regional.
La donación tenía carácter asistencial, para ser usado en maquinaria pesada y poder mitigar los daños ocasionados por las lluvias, ante la crecida de ríos y/o ingreso, activación de quebradas, dicho combustible tenía un registro y control vía formatos elaborados por el propio imputado.
Las empresas donantes solicitan informes y sustente la administración del combustible donado; Rospigliosi elaboró una serie de documentos, informes y fotografías que corresponderían a los lugares intervenidos, información que fue remitida después de 9 meses de solicitada al entonces presidente regional, Jaime Rodríguez Villanueva.
La información consignada por Rospigliosi, se determinó fue adulterada, una pericia grafotécnica determinó que 806 galones, valorizados en más de 7 mil 500 soles, fueron considerados en los informes cuando en realidad no se utilizaron, adicionalmente un informe pericial contable estableció que como máximo se utilizó 5 mil 694 galones.
Cabe destacar que los registros fotográficos adjuntados a las empresas donantes por el imputado, dan cuenta de trabajos de limpieza por la entrada del rio en la avenida 25 de noviembre, sin embargo, contrastado con reportes de Defensa Civil, no hubo daños en dicha zona, concluyendo que las fotografías corresponden a otras fechas.
Por estos hechos la Fiscalía Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, formuló acusación requiriendo 8 años y 8 meses de pena, programándose el juicio del cual fue absuelto en ambas instancias, decisión no compartida por lo que se recurrió al recurso extraordinario buscando la anulación de la sentencia.
La Corte Suprema dispuso que el nuevo juicio se realice con otros jueces en las dos instancias que pudiera darse, valoró lo señalado por la fiscalía, que el imputado debía vigilar y controlar del uso y abastecimiento del diésel, que la sentencia absolutoria no se basó en información objetiva y omitió el Manual de Funciones, MOF.